| MANTENIMIENTO EN
INSTALACIONES
1)
Es necesario regularizar reglamentariamente el servicio de
mantenimiento de instalaciones contra incendios. Sobre todos en establecimientos de
publica concurrencia. Conforme a lo
dispuesto en el actual REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS (Real
Decreto 1942/1993 de 5 de NOVIEMBRE). Reglamento en todo el
Estado, cuyo seguimiento es competencia de la DIRECCIO GENERAL DE SEGURETAT INDUSTRIAL de la
Generalitat de Catalunya.
2)
En la introducción del Real Decreto de 1993 se establecen los
criterios que dan linaje a la necesidad de regular este mantenimiento en todo el
territorio del Estado .Por
la importancia de contrastar su eficacia en las mismas condiciones que en el momento
lamentable de tener que funcionar, de manera cierta, las instalaciones. Y porque, si las
características de las instalaciones no satisfacen los requisitos necesarios para que
sean eficaces en ese momento, crean una situación de falta seguridad peligrosa para
las personas sobretodo.
3) Una conclusión derivada, en
cuanto a la Póliza de Seguro, es la incertidumbre de que la compañía respectiva
consienta una situación de marcada exclusión, por no realizar
el mantenimiento reglamentario con empresa autorizada bajo registro en la citada DIRECCIO GENERAL DE SEGURETAT
INDUSTRIAL.
GESTION DE LA
CALIDAD








Nuevas instalaciones con necesidad de proyecto
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Instalaciones que necesitan proyecto para realizar cualquier ampliación o
modificación
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Instalaciones que precisan inspección inicial
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Instalaciones que precisan contrato de mantenimiento
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Edificios viviendas, locales comerciales
y oficinas, que no tengan la consideración de pública concurrencia y P>100 kW
por caja general de protección (Grupo e)
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Categoría especialista o básica
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Viviendas unifamiliares
P>50 kW (Grupo f)
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Garajes = 5 plazas
con ventilación forzada (Grupo
g)
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Locales de pública
concurrencia que incluye (Grupo i)
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Máquinas de elevación
(Grupo j)
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Alumbrado
exterior P>5 kW (Grupo k)
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Cada 5 años (incluido P=5 kW)
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Categoría especialista o básica (incluido P=5 kW)
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Locales con riesgo de incendio
o explosión que incluye garajes
> 5 plazas
(Grupo l)
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(Incluye garajes>25
plazas)
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(Incluye garajes>25
plazas)
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Precisa categoría especialista (EIBTE)
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