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Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Proteccin contra Incendios.
Los aparatos, equipos y sistemas empleados en la proteccin contra incendios se caracterizan porque su instalacin se hace con la expectativa de que no han de ser necesariamente utilizados y, por otra parte, los ensayos efectuados para contrastar su eficacia difcilmente pueden realizarse en las mismas condiciones en que van a ser utilizados.
Es objeto del presente Reglamento establecer y definir las condiciones que deben cumplir los aparatos, equipos y sistemas, as como su instalacin y mantenimiento empleados en la proteccin contra incendios.
El cumplimiento de las exigencias establecidas en este Reglamento para aparatos, equipos, sistemas o sus componentes deber justificarse, cuando as se determine, mediante certificacin de organismo de control que posibilite la colocacin de la correspondiente marca de conformidad a normas.
La Comunidad Autnoma correspondiente podr llevar a cabo, por s misma o a travs de las entidades que designe, comprobaciones de tipo tcnico, realizando los muestreos y ensayos que estime necesarios, a fin de verificar la adecuacin del producto a los requisitos de seguridad establecidos
Cuando se compruebe
que la utilizacin de un producto con marca de conformidad resulta manifiestamente
peligrosa, los servicios competentes en materia de industria de la Comunidad Autnoma
podrn ordenar, cautelarmente, la puesta fuera de servicio del aparato, equipo o sistema
en que se haya puesto de manifiesto la situacin peligrosa y, en su caso, tramitar la
cancelacin de dicha marca.
No ser necesaria la marca de conformidad de aparatos, equipos u otros componentes cuando stos se diseen y fabriquen como modelo nico para una instalacin determinada. No obstante, habr de presentarse ante los servicios competentes en materia de industria de la Comunidad Autnoma, antes de la puesta en funcionamiento del aparato, el equipo o el sistema o componente, un proyecto firmado por tcnico titulado competente, en el que se especifiquen sus caractersticas tcnicas y de funcionamiento y se acredite el cumplimiento de todas las prescripciones de seguridad exigidas por este Reglamento, realizndose los ensayos y pruebas que correspondan.
SECCION 1. INSTALADORES
La instalacin de aparatos, equipos, sistemas y sus componentes, a que se refiere este Reglamento, con excepcin de los extintores porttiles, se realizar por instaladores debidamente autorizados.
La Comunidad Autnoma correspondiente, llevar un libro Registro en el que figurarn los instaladores autorizados
El mantenimiento y reparacin de aparatos, equipos y sistemas y sus componentes, empleados en la proteccin contra incendios, deben ser realizados por mantenedores autorizados.
La Comunidad Autnoma correspondiente llevar un Libro Registro en el que figurarn los mantenedores autorizados.
Los mantenedores autorizados adquirirn las siguientes obligaciones:
- Revisar, mantener y comprobar los aparatos, equipos o instalaciones de acuerdo con los plazos reglamentarios.
- Facilitar personal competente y suficiente
- Informar por escrito al titular de los aparatos, equipos o sistemas que no ofrezcan garanta, presenten deficiencias o no cumplan las disposiciones vigentes que les sean aplicables.
- Conservar la documentacin justificativa de las operaciones de mantenimiento que realicen, sus fechas de ejecucin, resultados e incidencias,
- Comunicar al titular de los aparatos, equipos o sistemas, las fechas en que corresponde efectuar las operaciones de mantenimiento peridicas.
Captulo IV. Instalacin, puesta en servicio y mantenimiento
1. La instalacin en los establecimientos y zonas de uso industrial requerir, cuando as se especifique, la presentacin de un proyecto o documentacin, firmado por tcnico titulado competente, ante los servicios de industria de la Comunidad Autnoma.
2. En los edificios a los que sea de aplicacin la Norma Bsica de la Edificacin NBE-CPI-91, las instalaciones de proteccin contra incendios, en los aspectos contemplados en el apartado 1 anterior, se atendrn a lo dispuesto en la misma.
La puesta en funcionamiento de las instalaciones a las que se refiere el apartado 1 del artculo anterior se har de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2135/1980, no precisando otro requisito que la presentacin, ante los servicios competentes en materia de industria de la Comunidad Autnoma, de un certificado de la empresa instaladora visado por un tcnico titulado competente designado por la misma.
APENDICE 1. CARACTERISTICAS E INSTALACION DE LOS APARATOS, EQUIPOS Y SISTEMAS DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS
Los aparatos, equipos y sistemas, as como sus partes o componentes, y la instalacin de los mismos, deben reunir las caractersticas que se especifican a continuacin:
2. Sistemas manuales de alarma de incendios.
4. Sistemas de abastecimiento de agua contra incendios
5. Sistemas de hidrantes exteriores
6. Extintores de incendio
7. Sistemas de bocas de incendio equipadas
8. Sistemas de columna seca
10. Sistemas de extincin por agua pulverizada
ANEXO AL APENDICE 1. RELACION DE NORMAS UNE QUE SE CITAN
Operaciones
a realizar por personal de una empresa mantenedora autorizada, o bien, por el personal del
usuario o titular de la instalacin
Equipo o sistema |
CADA TRES MESES |
CADA SEIS MESES |
| Sistemas automticos de deteccin y alarma de
incendios. |
Comprobacinde funcionamiento delas instalaciones
(con cada fuente de suministro). |
|
| Sistema manual de alarma de incendios. |
Comprobacin de funcionamiento
de la instalacin (con cada fuente de suministro). Mantenimiento de acumuladores (limpieza de bornas, reposicin de agua destilada, etc.). |
SKO+>3K*>sK+>K_(~K_)~K(~K)~K?(K@*PK@+0K*pK+KP(AKP)AK(AK)AK0(KH*!RKH+!2K*!rK+! KX(aKX)aK(aK)a +8G +DG Q+DG 1+ĪG q+īG +TQG +TQG +ԨQG +ԩQG +4ѰDŽ +L1ǔ S+L1nj 3+̪1ǜ s+̫1ǂ +\qǥ +\qǵ +ܨqǭ +ܩqǽ +<' +B ' P+B ' 0+ª ' p+« ' +RI' +RI' +ҨI' +ҩI' +2ɰ +J) R+J) 2+ʪ) r+ʫ) +Zi +Zi +ڨi +کi +:g +Fg Q+Fg 1+ƪg q+ƫg +VYg +VYg +֨Yg +֩Yg +6ٰ +N9 S+N9 3+Ϊ9 s+Ϋ9 +^y +^y +ިy +ީy +> _+A _PL_E_*^ƿ`V4/hnE_*_ƿV4E/QhrE_T*ZƿW4E/ѪhvE_t*[ƿW4Š/IiKbM_j\ƿ4%/5ɨiKfM_j]ƿ4%/5)iKaM_jXƿ,4e/5YizM_6jYƿl4e/5٫i~M_jrXWƿ"45Ei+jM_j^Wƿb45ũi+nM_j_Wƿ4U5UirM_UjZWƿ4U5ժivM_uj[Wƿ4ՠ5MikbM_j\הƿ455ͨikfM_j]לƿ455-ikaM_jXץƿ.4u5]izM_7jYƿn4u5ݫi~M_jzX7ƿ!4 o5CijMj^7ƿa4 o5éinMj_7ƿ4Mo5SirMTjZ7ƿ4Mo5ӪivMtj[7ƿ4͠o5Ki[bMߒj\ƿ4-o5˨i[fM߲j]ƿ4-o5+i[aMjXƿ-4mo5[izM6jYƿm4mo5۫i~MjvXwƿ#45Gi;jMj^wƿc45ǩi;nMj_wƿ4]5WirMUjZwƿ4]5תivMuj[wƿ4ݠ5Oi{bMߓj\ƿ4=5Ϩi{fY5gS{ny5^P{a5/Tr+5Vz5oUv;5W~5PbH5 jh 7fX `7nx 7Aa (6r* 6z h6v: 6~ 6GbI $7Gji 7GfY d7Gny 7QGa ,6r+ 6z l6v; 6~ 6'bH "7'jh 7'fX b7'nx 7I'a *6r* 6z j6v: 6~ 6gbI &7gji 7gfY f7 |
| Hidrantes. |
Comprobar la accesibilidad a su
entorno y la sealizacin en los hidrantes enterrados. Inspeccin visual comprobando la estanquidad del conjunto. Quitar las tapas de las salidas, engrasar las roscas y comprobar el estado de las juntas de los racores. |
Engrasar la tuerca de
accionamiento o rellenar la cmara de aceite del mismo. Abrir y cerrar el hidrante, comprobando el funcionamiento correcto de la vlvula principal y del sistema de drenaje. |
| Columnas secas. |
|
Comprobacin de la accesibilidad
de la entrada de la calle y tomas de piso. Comprobacin de sealizacin. Comprobacin de las tapas y correcto funcionamiento de sus cierres (engrase necesario). Comprobar que las llaves de las conexiones siamesas estn cerradas. Comprobar que las llaves de seccionamiento estn abiertas. Comprobar que todas las tapas de racores estn bien ajustadas. |
| Sistemas fijos de extincin:
Rociadores de agua.
Agua pulverizada.
Polvo.
Espuma.
Agentes extintores gaseosos. |
Comprobacin de que las
boquillas del agente extintor o rociadores estn en buen estado y libres de obstculos
para su funcionamiento Comprobacin del buen estado de los componentes del sistema, especialmente de la vlvula de prueba en los sistemas de rociadores, o los mandos manuales de la instalacin de los sistemas de polvo, o agentes extintores gaseosos. Comprobacin del estado de carga de la instalacin de los sistemas de polvo, anhdrido carbnico, o hidrocarburos halogenados y de las botellas de gas impulsor cuando existan. Comprobacin de los circuitos de sealizacin, pilotos, etc., en los sistemas con indicaciones de control. Limpieza general de todos los componentes. |
|
Mantenimiento de los medios materiales de lucha contra incendios
Operaciones a realizar por el personal especializado del fabricante o instalador del equipo o sistema o por el personal de la empresa mantenedora autorizada
| Equipo o sistema |
CADA AO |
CADA CINCO AOS |
| Sistemas automticos de
deteccin y alarma de incendios. |
Verificacin integral de la
instalacin. Limpieza del equipo de centrales y accesorios. Verificacin de uniones roscadas o soldadas. Limpieza y reglaje de rels. Regulacin tensiones e intensidades. Verificacin de transmisin de alarma. Prueba final de la instalacin con cada fuente de suministro elctrico. |
|
| Sistema manual de alarma de
incendios. |
Verificacin integral de la
instalacin. Limpieza de sus componentes. Verificacin de uniones roscadas o soldadas. Prueba final de la instalacin con cada fuente de suministro elctrico. |
|
| Extintores de
incendio |
Comprobar el peso y
presin en su caso. En el caso de extintores de polvo con botelln de gas de impulsin se comprobar el buen estado del agente extintor y el peso y aspecto externo del botelln. Inspeccin ocular del estado de la manguera, boquilla, vlvulas y partes mecnicas. Nota: En esta revisin anual no ser necesaria la apertura de extintores porttiles de polvo con presin permanente, salvo que en las comprobaciones que se citan se hayan observado anomalas que lo justifique. En el caso de apertura del extintor, la empresa mantenedora situar en el exterior del mismo un sistema indicativo que acredite que se ha realizado la revisin interior del aparato. Como ejemplo de sistema indicativo de que se ha realizado la apertura y revisin interior del extintor, se puede utilizar una etiqueta indeleble, en forma de anillo, que se coloca en el cuello de la botella antes del cierre del extintor y que no pueda ser retirada sin que se produzca su destruccin . |
A partir de la
fecha de timbrado del extintor (y por tres veces) se proceder al retimbrado del mismo de
acuerdo con la ITC-MIE-AP5 del Reglamento de aparatos a presin sobre
extintores de incendios. Rechazo: Se rechazarn aquellos extintores que, a juicio de la empresa mantenedora presenten defectos que pongan en duda el correcto funcionamiento y la seguridad del extintor o bien aquellos para los que no existan piezas originales que garanticen el mantenimiento de las condiciones de fabricacin. |
| Sistema de
abastecimiento de agua contra incendios |
Gama de
mantenimiento anual de motores y bombas de acuerdo con las instrucciones Limpieza de
filtros y elementos de retencin de suciedad en alimentacin de agua. Prueba del estado de carga de bateras y electrolito de acuerdo con las instrucciones Prueba, en las condiciones de su recepcin, con realizacin de curvas del abastecimiento con cada fuente de agua y de energa. |
|
| Bocas de incendio equipadas
(BIE). |
Desmontaje de la manguera y
ensayo de sta en lugar adecuado. Comprobacin del correcto funcionamiento de la boquilla en sus distintas posiciones y del sistema de cierre. Comprobacin de la estanquidad de los racores y manguera y estado de las juntas. Comprobacin de la indicacin del manmetro con otro de referencia acoplado en el racor de conexin de la manguera. |
La manguera debe ser sometida a
una presin de prueba de 15 kg/cm2. |
| Sistemas extincin: -Rociadores agua. -Agua pulverizada. -Polvo. -Espuma. Anhdridocarbnico. |
Comprobacin integral, de
acuerdo con las instrucciones del fabricante o instalador, incluyendo en todo caso: Verificacin de los componentes del sistema, dispositivos de disparo y alarma. Comprobacin de la carga de agente extintor y del indicador de la misma Comprobacin del estado del agente extintor. Prueba de la instalacin en las condiciones de su recepcin. |
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